Martes, 03 Diciembre 2019 16:11

Las fortalezas del Consultorio Jurídico de la Universidad de Ibagué

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Se me ha solicitado, y me corresponde como asesor jurídico del área de derecho público del Consultorio, escribir unas reflexiones sobre el acontecimiento que se celebra con ocasión de los 20 años de funcionamiento del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación que ofrece la Universidad de Ibagué a la comunidad ibaguereña.

Cuando llegué al Consultorio como asesor jurídico hice la tarea de identificar qué valores agregados tiene nuestro Consultorio, y mencionaré cuatro de tantos.

Uno, nuestro Consultorio cuenta una importante oficina de orientación a las víctimas del conflicto armado interno, dirigida por la Dra. Wanda Melissa Torres Varón. Su creación se justifica porque el departamento del Tolima es uno de los tantos departamentos que ha sido objeto de conflicto armado interno. Esta unidad es considerada como la pionera a nivel departamental.

Dos, cuenta también una Clínica Jurídica de Derechos Humanos e Interés Público, dirigida por la Dra. Stella Pena de Méndez, brindando atención a personas en situación de discapacidad, adelantan acciones constitucionales como las acciones populares, entre otras, también se encarga de difundir temas como inclusión social. Igual que la anterior unidad, es considerada como la pionera a nivel departamental.

Tres, presta servicio de asesoría jurídica de manera virtual (consultorio jurídico virtual). Herramienta que permite a la comunidad ibaguereña sin salir de la casa realizar consultas sobre información legal. Y cuatro, cada área del derecho del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación realiza brigadas de atención, o jornadas de atención para mejor comprensión, en zonas lejanas con el fin de acercar a la comunidad, brindando información legal y soluciones, de ahí su impacto en la sociedad civil.

Estos valores agregados” son, a mi juicio, las fortalezas del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de la Universidad de Ibagué. Algunos de ellos fueron impulsados precisamente por la directora del Consultorio y, por supuesto, no eran tarea fácil, pues, como todo proceso, se requiere tiempo, paciencia, dedicación y entrega. Nuestra directora se caracteriza como una persona ejemplar por sus sólidos principios y coherencia de sus acciones y postulados, así como también contribuir a la adecuada aplicación del trabajo en equipo.

Dichas fortalezas no solamente benefician a la Universidad de Ibagué, específicamente a la Facultad de Derecho y Ciencia Política, sino también a la comunidad ibaguereña, de ahí el impacto del Consultorio en la sociedad civil. El Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de la Universidad de Ibagué no puede ser visto exclusivamente como un centro de práctica, sino un centro de acercamiento a la comunidad brindando soluciones, así como también acompañamiento.

Abordadas las fortalezas del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación enseguida abordaré sobre el surgimiento de la idea de capacitación de actualización en la celebración de los 20 años de funcionamiento del Consultorio.

¿Cómo surgió la idea de la capacitación de actualización en la celebración de los 20 años de funcionamiento del Consultorio Jurídico?

El nuevo Código General Disciplinario(2019), a partir de laLey 1952 del 28 de enero de 2019, recientemente aprobado por el Congreso de Colombia y sancionado por el Presidente Iván Duque, obligó a los litigantes y estudiosos del derecho disciplinario a actualizarse. Por lo anterior, las Universidades, específicamente desde las Facultades de Derecho, están llamadas a actualizar los conocimientos de sus estudiantes, y los practicantes del Consultorio Jurídico que actúan como defensores de oficio por solicitud (o designación, como señala la norma) del titular de la acción disciplinaria, no son la excepción, por el contrario, son los primeros que deben ser capacitados.

Por ello, consciente de la tarea de actualizar los conocimientos de los practicantes, presenté una propuesta a la directora Catherine Beltrán, consistente en la celebración de los 20 años de funcionamiento del Consultorio con una capacitación de actualización con dos valores agregados: sin costo y con certificación. La propuesta fue aprobada con éxito.

En este curso participaron aproximadamente 35 practicantes, y fue orientado por los capacitadores: María Piedad Zúñiga Leyva, asesora jurídica de la Procuraduría General de la Nación- Regional Tolima, Juan Camilo Varón Sepúlveda, litigante en derecho disciplinario, y el suscrito. En la entrega de certificados se contó con el acompañamiento del decano de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad de Ibagué, Dr. Luis Fernando Sánchez Huertas.

Enseguida se plasmarán algunas reflexiones aportadas por los capacitadores en el seminario que a mi juicio son muy importantes compartirlas por este medio.

La ética su aplicación no es transitoria, sino permanente: María Piedad Zúñiga Leyva


La capacitadora María Piedad Zúñiga Leyva, antes de explicar sobre las novedades que trajo el nuevo Código General Disciplinario (Congreso de Colombia, 2019), recomienda a los practicantes aplicar la ética en su ejercicio profesional; la reflexión más importante que ofrece la capacitadora es la siguiente: la ética su aplicación no es transitoria, sino permanente.

Esta reflexión nos sirve también para afirmar lo siguiente: la ética su estudio no es transitorio, sino permanente; es decir, la ética no se estudia en un semestre, sino en toda la carrera. En su estudio los docentes también deben estar comprometidos respecto de la difusión, pues, son también protagonistas de la academia. Consideramos que la ética para su estudio y aplicación es indispensable en todos los programas universitarios; nuestro programa de Derecho no es la excepción. La ética debe ser vista como un área de conocimiento más importante que aprender de memoria algunas nociones jurídicas.

La capacitadora finaliza su intervención con esta reflexión:la corrupción se ha vuelto un tema “viral”;al respecto, solo tenemos la esperanza que el Estado, a través de las entidades competentes,acabecon ella y nosotros como ciudadanos no hacemos nada. Eso es triste. Debemos nosotros empezar por casa y en las aulas con la aplicación de la ética para controlar la corrupción.

Los litigantes en derecho disciplinario deben lucirse en las audiencias: Juan Camilo Varón Sepúlveda


Son dos reflexiones que aporta el litigante en derecho disciplinario Juan Camilo Varón Sepúlveda en el seminario. Una, si el nuevo Código General Disciplinario es bueno o no, lo dirá su aplicación práctica, pero los litigantes también deben contribuir a la adecuada aplicación de las instituciones jurídicas. Dos, los litigantes en derecho disciplinario deben lucirse en las audiencias y para ello se debe planear, como elemento fundamental o clave en el arte de litigar.

Frente a esta última reflexión es de suma importancia para su aplicación, no solamente para los procedimientos administrativos disciplinarios, sino en las demás clases de procesos, más cuando estamos en un sistema de oralidad, donde los partícipes del proceso deben adoptar una nueva cultura de la oralidad la cual necesariamente requiere de una actitud mucho más activa, así como también de una mayor preparación.

De nada sirve tener suficientes conocimientos especializados, si no se tiene actitud: Carlos F. Forero Hernández


El suscrito señala dos reflexiones en el seminario. Una, de nada sirve tener suficientes conocimientos especializados, si no se tiene actitud.  Dos, de nada sirven contar normas que establezcan la oralidad y los procedimientos por audiencias, si los partícipes del proceso no se encuentran capacitados para ellos.

Frente a la primera reflexión, la actitud es un estado de ánimo, es estar dispuesto a actuar, pero con ganas, con todas las energías, los litigantes sin duda deben aplicarla, y eso parte de la pasión por el derecho. Con respecto de la segunda, para hacer efectivos y eficientes los procedimientos por audiencias, cada audiencia debe ser percibida por el litigante como una oportunidad de persuadir al funcionario disciplinario de los méritos del caso de su cliente; por eso en el arte de litigar la mejor estrategia es la persuasión y para ello hay que capacitarnos y prepararnos de manera constante.

Estas son las reflexiones que dejan sus conferencistas, y no hacen daño si las aplicamos en otros procesos distintos de los disciplinarios.El área de derecho público del Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación de la Universidad de Ibagué seguirá trabajando para acompañar y asesorar a la comunidad ibaguereña, así como también para capacitar a los practicantes en derecho disciplinario y otras materias que manejan en esta área. Felices 20 años de funcionamiento del Consultorio.

 
Referencias

Congreso de Colombia. (2019). Código general Disciplinario. Bogotá DC: Diario Oficial.

Congreso de Colombia. (2019). Ley 1952 del 28 de enero de 2019. Bogotá DC: Diario Oficial.
Visto 1072 veces Modificado por última vez en Jueves, 05 Diciembre 2019 20:13